martes, 27 de octubre de 2020
LOS PRESUPUESTOS DISPARAN LA INVERSIÓN PÚBLICA HASTA LOS 28.500 MILLONES
lunes, 26 de octubre de 2020
PROGRAMAS DE FOMENTO
Los programas de fomento al comercio exterior son un apoyo para que las empresas y personas interesadas en exportar o importar productos se incorporen con mayor facilidad al mercado gozando de beneficios como reducción de aranceles para insumos, partes y componentes que se incorporarán en el producto final.
En el video a continuación se explican de forma detallada:
miércoles, 21 de octubre de 2020
MEXICO Y TAIWÁN: ALIANZA PARA REACTIVAR LA ECONOMIA
EDITORIAL: El Economista
https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Mexico-y-Taiwan-alianza-para-reactivar-la-economia-20201019-0036.html
miércoles, 14 de octubre de 2020
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
TRATAMIENTO DEL IVA A EXPORTADORES
Objetivo
El objetivo de esta investigación es conocer el trato que se le da a los exportadores con respecto al IVA.
Introducción
Actualmente vivimos la prestación de servicios al extranjero con mayor frecuencia conforme pasa el tiempo, gracias a la globalización, la popularización de redes sociales, la mayor accesibilidad a internet y plataformas de trabajo, y facilidad de realizar transacciones financieras internacionales a través de bancas tradicionales o diversas herramientas.
De esto deriva una pregunta muy frecuente: ¿Cuál es el tratamiento que le debemos dar al Impuesto de Valor Agregado con respecto a los exportadores?
Investigación
Lo primero que queremos es establecer qué operaciones son consideradas como exportación. Las exportaciones son aquellos bienes y/o servicios que el país productor (exportador) envía como mercancía a otro (importador), para su compra o uso.
En cuanto al tema del IVA, el artículo 29 de LIVA hace referencia a la “exportación de bienes y servicios”, mencionando lo siguiente: “Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten”.
Las facturas por exportaciones están exentas de pagar IVA. Esta exención alcanza tanto a las operaciones de mercancías como a las prestaciones de servicios. Se trata de una exención de las denominadas plenas, en contraposición a las llamadas “exenciones limitadas”. Esto significa que las empresas o profesionales que entregan la mercancía o prestan el servicio no solo no repercuten el impuesto sino que además pueden deducirse el IVA soportado en las adquisiciones relacionadas con la venta exenta.
Así mismo, en el artículo 29, fracción IV se menciona específicamente de “El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país”, por concepto de:
Asistencia técnica, servicios técnicos relacionados con ésta e informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.
Operaciones de maquila y submaquila para exportación en los términos de la legislación aduanera y del Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.
Comisiones y mediaciones.
Seguros y reaseguros, así como afianzamientos y reafianzamientos.
Operaciones de financiamiento.
Filmación o grabación, siempre que cumplan con los requisitos que al efecto se señalen en el reglamento de esta Ley.
Servicio de atención en centros telefónicos de llamadas originadas en el extranjero, que sea contratado y pagado por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
Servicios de tecnologías de la información
A lo que se refiere el concepto de “aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país” el artículo 61 del Reglamento de LIVA lo define como:
“Se considera que los servicios personales independientes prestados por residentes en el país son aprovechados en el extranjero por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país, cuando dichos servicios sean contratados y pagados por la persona residente en el extranjero y se cumplan los requisitos previstos en el segundo párrafo del artículo 58 de este Reglamento”.
Para los efectos del artículo 29, fracción IV de la Ley se menciona, “los servicios a que se refiere la fracción mencionada se aprovechan en el extranjero cuando sean contratados y pagados por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país” lo anterior siempre y cuando sean pagados por cheque nominativo, transferencia bancaria o a través de casa de bolsa.
Entre dichos requisitos se incluyen:
Que el servicio esté dentro de el Artículo 29 fracción IV
Sea aprovechado en el extranjero por un residente sin establecimiento permanente en el país
Cumpla con los métodos de pago
Todo esto con el objetivo de evitar controversias con la autoridad fiscal al facturar con la tasa del 0%.
Conclusiones
Como conclusión de esta investigación podemos decir que la exportación de servicios al extranjero puede estar gravada a tasa 0% de IVA siempre y cuando se realice una actividad de las mencionadas en el Artículo 29 fracción IV y dicho servicio se aproveche en el extranjero.
Algunos de los beneficios que pudimos percibir cuando facturamos al 0% es que somos sujetos a devoluciones de IVA por los bienes y servicios nacionales que adquirimos a tasa del 16% y tenemos precios más competitivos con otros países al ofrecer nuestros servicios. Sin embargo, es importante analizar el producto o servicio con las disposiciones fiscales vigentes antes de asumir que por ser una exportación siempre debemos utilizar una tasa del IVA de 0%.
Al incrementar e incentivar la prestación de servicios al extranjero tanto en México como en otros países, podemos aumentar los flujos de efectivo provenientes del extranjero que al menos en nuestro país actualmente sí se requiere.
Referencias
Retos-operaciones-logistica.eae.es. 2020. [online] Available at: <https://retos-operaciones-logistica.eae.es/como-funciona-el-iva-en-las-exportaciones/> [Accessed 14 October 2020].
Diputados.gob.mx. 2020. [online] Available at: <http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77_091219.pdf> [Accessed 14 October 2020].
OMC APROBÓ NUEVOS ARANCELES EN LA UNIÓN EUROPEA PARA AVIONES BOEING
Aumento en los precios
Estos nuevos aranceles impuestos por la UE podría aumentar el precio de los aviones que están por entregarse a aerolíneas europeas en hasta un 15%. Las tarifas deberán ser negociadas antes de que se implementen estos nuevos impuestos y así ambas partes lleguen a un acuerdo a largo plazo.
La compañía norteamericana Boeing emitió un comunicado al respecto, donde mencionó que es decepcionante que Airbus y la UE sigan tratando de imponer aranceles a las empresas estadounidenses y a sus trabajadores. Boeing mencionó que esta decisión debe ser «derogada inmediatamente».
Mientras tanto el Gobierno de los Estados Unidos afirmó que la UE no tiene base legal para imponer tales aranceles en una disputa sobre aeronaves, así se informó a través de un comunicado, por parte del representante comercial de Estados Unidos, Robert Lighthizer, que mencionó que el estado de Washington había derogado la exención fiscal mencionada a principios de 2020.
EDITORIAL: Transponder 1200
https://www.transponder1200.com/omc-aprobo-nuevos-aranceles-en-la-union-europea-para-aviones-boeing/
miércoles, 7 de octubre de 2020
martes, 6 de octubre de 2020
CITIBANAMEX MEJORA PRONÓSTICO ECONÓMICO, ESPERA CONTRACCIÓN DE 9.8%
Ciudad de México. Analistas económicos consultados por Citibanamex mejoraron marginalmente el pronóstico para el desempeño de la actividad por lo que resta del año. Pasaron de estimar una contracción de 9.9 por ciento, a una caída de 9.8 por ciento.
De acuerdo con la Encuesta Citibanamex de Expectativas (ECE), realizada cada quince días a bancos, casas de bolsa, entre otras instituciones del sector financiero, 9 entidades anticipan una caída de doble dígito, y es la consultora Signum Research la que tiene el peor escenario, con un pronóstico de contracción de 12 por ciento.
Destaca que Citibanamex mejoró su estimado para la actividad, puesto que hace quince días esperaba una contracción de 11.2 por ciento y ahora anticipa una disminución de 9.8 por ciento. Para esta edición de la encuesta, BBVA no proporcionó ningún pronóstico.
Santander México y Bank of America pronostican que la caída del PIB será de 10 por ciento este 2020; Banorte de 9.8 por ciento; el banco de inversión inglés Barclays anticipa que sea de 8.8 por ciento y JP Morgan, la institución de mayor presencia en Estados Unidos, de 9.6 por ciento.
Según la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), este año, la actividad tendrá una contracción puntual de 8 por ciento. Por su parte, el Banco de México (BdeM), en el peor escenario, espera una caída de 12.8 por ciento.
Baja reducción para el siguiente año
Según la ECE, los especialistas esperan que la recuperación de la economía nacional el siguiente año tras la crisis que ocasionó la pandemia de Covid-19 sea menor a lo esperado hace 15 días. El pronóstico para el crecimiento del país pasó de 3.5 a 3.4 por ciento. Es la firma Thorne & Associates la que espera el mejor desempeño el siguiente año, con un estimado de crecimiento de 6 por ciento.
Hacienda prevé que el crecimiento del PIB en 2021 sea de 4.6 por ciento, y el BdeM, en el mejor caso, de 5.6 por ciento. De los participantes de la encuesta Citibanamex, 18 de 29 esperan que el nivel se sitúe entre 3 y 3.9 por ciento.
Habrá otro recorte en la tasa de referencia
De los 30 participantes, 16 esperan que el próximo movimiento en la tasa de política monetaria del BdeM sea un recorte de 25 puntos base, y 14 de ellos anticipan que tendrá lugar en noviembre.
Por otro lado, otras 14 instituciones no revelaron su opinión sobre cuál será el próximo movimiento en la tasa de política del banco central. Si bien todas ellas estiman que dicha tasa cerrará el año en su nivel actual de 4.25 por ciento.
Para 2021, esperan que cierre el año en un nivel de 4 por ciento.
EDITORIAL: Jornada
https://www.jornada.com.mx/ultimas/economia/2020/10/06/encuesta-citibanamex-mejora-pronostico-para-la-economia-esperan-contraccion-de-9-8-4906.html
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